jueves, 4 de diciembre de 2014

Conceptos


Orden jurídico Conjunto de relaciones de vida reguladas por el derecho, que se dan en una sociedad o grupo social, en un momento determinado. Es una realidad social.

Ahorro Parte de la renta de un agente económico no consumida. Para las empresas, el ahorro es la parte del beneficio anual que no se reparte en forma de dividendos, sino que se retiene y acumula en la empresa en forma de fondos de reserva.

Análisis económico del derecho Aquella ciencia o método que estudia el efecto o impacto que tiene la ley, sobre las conductas de los individuos y como esas conductas afectan o influyen en variables sociales,

Analogía iurus Según Carlos Nino se entiende como un procedimiento para llenar lagunas aunque no a partir de una ley, esto es no valiéndose de una determinada norma legal que contemple y resuelva un caso parecido a aquel que, no se encuentra regulado por ley alguno, sino recurriendo a los principios generales del derecho.

Analogía legis Según Carlos Nino se entiende como un procedimiento para llenar lagunas que consiste en extender la solución dada por la ley a un caso a otro caso no previsto por la ley, pero que es parecido o similar al que sí se encuentra previsto.

Anarquismo Es una filosofía política y social que llama a la oposición y abolición del Estado entendido como gobierno y, por extensión, de toda autoridad, jerarquía o control social que se imponga al individuo, por considerarlas indeseables, innecesarias y nocivas

Antinomia parcial-parcial Al Ross establece que esta inconsistencia acontece cuando una de las normas tiene un campo de aplicación en el cual entra en conflicto con la otra, pero tiene también un campo adicional en el cual no se producen conflictos.

Antinomia total-parcial Al Ross establece que esta inconsistencia sucede cuando una de las normas no puede ser aplicada bajo ninguna circunstancia sin entrar en conflicto con la otra, mientras que ésta tiene un campo adicional de aplicación en el cual no entra en conflicto con la primera.

Antinomia total-total: Al Ross establece que esta inconsistencia se produce cuando ningunas de las normas puede ser aplicada bajo ninguna circunstancia sin entrar en conflicto con la otra.

Antinomias aparentes Según Bobbio, estas antinomias se producen en aquellos casos en que la incompatibilidad entre las normas puede ser resuelta en aplicación de uno de los criterios ideados para resolver antinomias.

Antinomias reales Según Bobbio, estas antinomias se producen en dos situaciones: Cuando no se puede aplicar ninguno de los criterios ideados (jerárquico, cronológico y especialidad) para resolver antinomias, y cuando se puede aplicar dos o más criterios opuestos para resolverlas.

Auctoritas Autoridad que se reviste a una persona que reclama nuestra adhesión voluntaria. Nuestra adhesión frente a ella no es impuesta, sino que es acogida. Es una legitimación socialmente reconocida.

Autointegración de la ley Se produce dentro del marco de la misma fuente que adolece de un vacío, sin recurrir sino mínimamente a fuentes distintas y sin recurrir, tampoco a otros ordenamientos normativos. Se vale de la analogía jurídica de los principios generales y de la equidad.

Autos Resuelven incidentes que no corresponde a sentencias interlocutorias. Son incidentes que resuelven cuestiones accesorias. Requieren un pronunciamiento de un tribunal, no establecen derecho en favor de las partes.

Bien común Es una clausula abierta, un concepto que no tiene contenido determinado, pero si un contenido determinable, que se puede determinar con una pretensión muy modesta, y que tiene ciertas características, es contingente, evolutivo, relativo y flexible.

Capital Desde el punto de vista económico, se entiende por capital el conjunto de bienes producidos que sirven para producir otros bienes.

Capital humano es un término usado en ciertas teorías económicas del crecimiento para designar a un hipotético factor de producción dependiente no sólo de la cantidad, sino también de la calidad, del grado de formación y de la productividad de las personas involucradas en un proceso productivo.

Centralización política Las decisiones importantes se toman y surgen desde el centro del poder. El ejemplo por excelencia son los ministerios, los cuales son grandes centros de poder. Existe una excepción que establece que todos los proyectos que suponen algún tipo de gastos, tienen y deben ser de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

Codificación normativa Es un método que supone reunir las normas que se encuentran dispersas, en un solo cuerpo normativo, con el fin de lograr certeza jurídica y la valoración de dichas normas.

Comunidad jurídica Expresión que se utiliza para aludir al conjunto de seres humanos cuyos comportamientos se encuentran regidos por un mismo ordenamiento jurídico

Comunismo Teoría política económica propuesta por Marx la cual apunta a una sociedad de comunes en donde no exista propiedad privada, ya que el Estado en un primer momento asume la planificación de todas las esferas de la vida.

Concepto de ley, según Santo Tomás de Aquino

La ley es una ordenación racional, orientada al bien común y promulgada por el que tiene a su cargo la comunidad.

Conflicto abstracto de principios


Según Guastini  es un conflicto necesario que produce resultados incompatibles, pero que él considera infrecuente


Conflicto concreto de principios: Según Guastini este conflicto es contingente, entendiendo que algunos supuestos de hecho del caso concreto caen simultáneamente en el campo de aplicación de dos principios que establecen consecuencias jurídicas incompatibles entre sí.

Constitución Es el conjunto de normas e instituciones jurídicas fundamentales reguladoras de la organización y el ejercicio del poder, garantizadoras de los derechos y libertades de las personas y de sus grupos

Constitución aprobada por voluntad de la soberanía popular Aquella que tiene origen directamente en la comunidad política, en el pueblo. Esto se manifiesta a través de asambleas representativas que reciben el nombre de asambleas constituyentes, en donde le pueblo elige a representantes que velarán por sus intereses en la elaboración de la misma.

Constitución escrita Aquella constitución que es expresada en documento escrito

Constitución flexible


Aquella Constitución en que el mecanismo de reforma constitucional que se ha previsto es tan simple como el procedimiento de reforma, modificación o cambio de las leyes

Constitución impuesta


Aquella carta fundamental impuesta al monarca por un parlamento, representante del pueblo, representante de las fuerzas políticas existentes en una sociedad. No existe un proceso de deliberación con la autoridad ejecutiva, sino que el parlamento entrega la constitución al monarca la que éste necesariamente la promulgue.

Constitución no escrita


Aquella Carta Fundamental que existe a pesar de no estar contenido en un único cuerpo documental llamado “Constitución”.

Constitución nominal


Aquella Constitución válida y correcta jurídicamente, aún no es vivida en la comunidad política por falta de condiciones adecuadas o de preparación social. Carece de realidad existencial y no se aplica realmente, sólo es nominal y tiene como objetivo convertirse en una futura en una constitución normativa

Constitución nominal o formal


Alude al modo de expresión de las normas constitucionales; escrito o solemne. Lo relevante es que el sentido formal se refiere a aquella parte del ordenamiento jurídico que requiere mayores dificultades de reforma.

Constitución normativa


Aquella Constitución que tiene plena vigencia en sus normas para una comunidad política determinada, aquella de que de hecho se cumple, y es sentida y vivida tanto por los titulares como por los destinatarios del poder. Sus preceptos son eficaces y se cumplen.

Constitución normativa o material


Alude a su estructura, a las disposiciones básicas reguladoras de la organización y funcionamiento de los poderes público, de sus correspondientes competencias y de las relaciones entre gobernantes y gobernados.

Constitución otorgada



Corresponde tradicionalmente a un estado monárquico, siendo el propio monarca que le otorga esta constitución al pueblo, sin participación popular en el proceso de elaboración de ésta. Dicho de otra forma, es aquella constitución en que el monarca, en su carácter de depositario de la soberanía, las otorga al pueblo, quien simplemente es receptor de lo que indique el monarca.

Constitución pactada



Aquella Constitución que supone acuerdos políticos al interior de un parlamento, acuerdos que se dan entre las diferentes fuerzas que conviven en un determinado Congreso. Este diálogo se produce con las autoridades del ejecutivo, que igual son representativos de la voluntad popular. Responde a la idea de consenso. Son multilaterales, todo lo que se pacte implica voluntad de dos o más agentes.

Constitución pétrea


Aquella Constitución en que se contiene un procedimiento de reformas constitucional tan oneroso, tan gravoso y tan dificultoso, que se hace imposible, en la práctica, su reforma o modificación

Constitución rígida

Aquella en que el procedimiento de reformas es más gravoso y oneroso que el mecanismo previsto para la modificación de las leyes, pero sin que esto imposibilite su cambio.

Constitución semántica


Aquella Constitución en que el articulado normativo no tiene ninguna semejanza con la realidad, no hay correspondencia entre lo dispuesto por la constitución y la realidad política. Es aplicada, pero no para regular el proceso político, sino para formalizar y legalizar el poder de determinados grupos sociales o económicos

Contrato dirigido

Se entiende por Contrato Dirigido aquel contrato de virtud del cual el estado a través de la ley fija condiciones obligatorias las que son irrenunciables por la parte en favor de quien se han establecido

Contrato social

Teoría que dice que el Estado nace en virtud de una especie de contrato, en que las personas renuncian a sus libertades, entregan la prerrogativa de ser gobernados y así estar sometidos a un estado que es el que crean con este contrato.

Cooperativismo



Doctrina define la cooperación de sus integrantes en el rango económico y social como medio para lograr que los productores y consumidores, integrados en asociaciones voluntarias denominadas cooperativas, obtengan un beneficio mayor para la satisfacción de sus necesidades. Esta postura exige que el estado intervenga como protector de los más débiles y además como ente redistribuidor

Corto plazo Una situación es de corto plazo, si yo no introduce una nueva variable y ésta cambia.

Costo de oportunidad

Esto significa que en toda decisión el individuo asume como costo de oportunidad, el sacrificio del beneficio o utilidad que hubiera percibido de tomar la decisión alternativa.

Costos de transacción

Aquellos costos derivados de la búsqueda de información, de la negociación, la vigilancia y la ejecución del intercambio.

Criterio cronológico

Es aquel criterio según el cual  entre dos  normas incompatibles, una anterior y otra posterior, prevalece la posterior.

Criterio de especialidad


Es aquel criterio según el cual entre dos normas incompatibles, una general y otra especial, prevalece la de carácter especial.

Criterio de la realidad social


Es aquel criterio utilizado por algunas legislaciones y dispone que la interpretación de la ley debe hacerse atendiendo a las circunstancias sociales y económicas del momento en que tiene lugar la aplicación de las normas de que se trata de interpretar.

Criterio de prevalencia


Según Bobbio es un criterio por medio del cual se da prevalencia en caso de ambigüedad o incertidumbre a la interpretación favorable antes que a la odiosa.

Criterio jerárquico

Es aquel criterio según el cual entre dos normas incompatibles, una superior y una inferior, prevalece la de mayor jerarquía en el ordenamiento jurídico.

Decreto

Tienen por objeto dar curso progresivo a los autos. Los procesos tienen ciertos momentos que se suceden unos a otros. El proceso debe llevar adelante su tránsito por medio de decretos dictados por un juez.

Decreto con fuerza de ley



Son institucionales, a diferencia de los Decretos Ley, tiene reconocimiento constitucional y se encuentran regulados en el artículo 66 de nuestra Constitución política. Es un decreto que dicta el Presidente de la República sobre materias de ley, para lo cual es necesaria una delegación del Congreso Nacional, quien autoriza al Presidente de la República a dictar el decreto, el que debe ser dictado en un plazo establecido, de no más allá de un año desde su delegación.

Decreto Ley

Aquellas normas jurídicas que tratan materias de ley  y que emanan del poder ejecutivo, pero no son institucionales, ya que son normas jurídicas que surgen en regímenes no constitucionales.

Definición descriptiva de Estado

Es una sociedad territorial, jurídicamente organizada, con poder soberano que persigue el bienestar general.

Demanda Cuantía global de las compras de bienes y servicios realizados o previstos por una colectividad.

Demanda agregada

Representa la suma del gasto en bienes y servicios que los consumidores, las empresas y el Estado están dispuestos a comprar a un determinado nivel de precios y depende tanto de la política monetaria y fiscal, así como de otros factores.

Democracia

Régimen político que institucionaliza la participación de todo el pueblo, en la organización y ejercicio del poder político mediante la intercomunicación y el diálogo permanentes entre gobernantes y gobernados y el respeto de los derechos y libertades fundamentales dentro de una justa estructura socioeconómica.
Derecho de gentes Rawls establece que es una concepción particular de la equidad y la justicia que se aplica a los principios y las normas del derecho internacional y su práctica.

El derecho de gentes supone una posición originaria  la cual es hipotética y a-histórica en la que los sujetos ignoran la posición posterior real que ocuparán en la sociedad, y supone también un velo de la ignorancia en donde no hay interferencia de intereses personales y en la que los sujetos desconocen el tipo de sociedad en la que vivirán.

Derecho externo

Está compuesto por el derecho extranjero (no es derecho, es un hecho por tanto debe ser probado mediante peritajes) y el derecho internacional público (derecho de la comunidad de naciones)

Derecho general

Es la organización política de un estado en donde las normas jurídicas valen para todo el territorio.

Derecho interno


También conocido como derecho nacional, es el conjunto de normas que regulan las relaciones entre individuos o instituciones o de éstos con el estado.

Derecho particular
   
Las normas jurídicas de la organización política de un estado valen para un porción determinada de territorio.

Derecho supranacional


Aquel derecho que está por encima del ámbito de los gobiernos e instituciones nacionales y que actúa con independencia de ellos.

Descentralización política


Puede distinguirse tanto por la función realizada como por el territorio. En este mecanismo no hay delegación, cada órgano actúa con personalidad y patrimonio propio, por tanto tiene funciones exclusivas y excluyentes.

Desconcentración política


Existe una delegación de funciones desde un órgano superior hacia uno inferior, generando una relación de subordinación del segundo respecto del primero. Estos órganos no tienen autonomía, ya que actúan con la personalidad jurídica del Fisco.

Dictadura comisaria

Se eligen así mismas y concentran el poder como depositarias de un mandato popular (responden a un reclamo de la comunidad política).

Dictadura soberana

Autónomamente suprimen el poder por sí mimas, sin el apoyo o un mandato popular

Dimensión estratégica

Tiene que ver con la función política del ejecutivo, es el plan o programa de gobierno que se quiere llevar adelante, los principios bases que permiten llevar a cabo las políticas.

Dimensión operativa

Dice relación con la función administrativa del ejecutivo. Es la implementación en la práctica de la dimensión estratégica, son las medidas concretas que se emplean para llevar adelante el ideario del gobierno.

Dominio legal máximo



Significa que esas y sólo esas materias, son materias de ley, es decir, la constitución establece cuales materias serán reguladas por ley. Si una materia no está regulada en ese catálogo no puede ser objeto de regulación legal, a no ser que en un determinado caso intervenga el Presidente de la República por medio la potestad reglamentaria autónoma. Este es un catálogo taxativo, es decir, cerrado de materias de ley.

Dominio legal mínimo

Significa que al menos las materias de ley reguladas en el artículo 63 de la  Constitución reclaman regulación legal, pero si una materia no se encuentra en este catálogo, también podrá ser regulada por ley.

Eficiencia económica

Es la asignación de recursos tal, usando un razonable esfuerzo para sacar los  frutos que es capaz de dar un producto dado. Es decir que los recursos sean bien asignados.

Elemento gramatical


Aquel que permite establecer el o los posibles sentidos y alcances de la ley atendiendo para ello al tenor de las palabras de la ley, es decir, al significado de los términos y frases de que se valió el legislador para expresar y comunicar su pensamiento normativo.

Elemento histórico:


Aquel que permite establecer el o los sentidos y alcances posibles de una ley atendiendo para ellos a la historia del texto legal que se trata de interpretar. Se puede distinguir el elemento histórico en sentido estricto: Toda ley tiene una historia documentada que es posible conocer. Y un elemento histórico en sentido amplio: Se identifican y ponderas las circunstancias políticas, económicas, sociales o de cualquier otro orden

Elemento lógico

Aquel que para establecer el o los posibles sentidos y alcances de una ley se vale del análisis intelectual de las conexiones que las normas de una misma ley guardan entre sí, entendidas en el contexto que estas forman y no de manera aislada, así como las conexiones que las normas de la ley que se trata de interpretar puedan reconocer con las de otra ley que versen sobre la misma materia.

Elemento sistemático Es un grado más avanzado que el elemento lógico y  consiste en establecer el o los posibles sentidos y alcances de una ley atendiendo ahora a las conexiones que ley que se trata de interpretar pueda guardar con la totalidad del ordenamiento jurídica del cual forma parte. Incluido los principios generales del derecho y no sólo  con las normas de otras leyes que versen sobre la misma materia de la ley interpretada.

Elemento teleológico Aquel que permite establecer el o los sentidos y alcances posibles de una ley atendiendo al fin de ésta, o sea, a los determinados objetivos que se buscó conseguir por medio de su establecimiento.

Espacio aéreo terrestre No tiene un límite determinado, sino que éste estaría dado por la capacidad que tiene las aeronaves comerciales, es decir, más o menos los 15.000 metros de altura sobre la tierra. Los límites del espacio aéreo terrestre, son los mismos que en el espacio terrestre

Estado federal Aquella forma de estado en la cual existen múltiples centros de impulsión política. Se produce en territorios muy extensos como un mecanismo de seguridad de la identidad y en territorios más acotados como un mecanismo de protección de identidades locales. Establece el principio de unidad, unidad en la diversidad. Se producen las paradojas de unidad en la diversidad y de autonomía en la subordinación. Desde la perspectiva externa, el representante será el presidente de la federación.

Estado unitario Es una forma de estado, en la cual existe un solo centro de impulsión política, desde donde emana el poder. En él el poder no se divide, sino que distribuye territorialmente.

Externalidades Perjuicio o beneficio experimentado por un individuo o una empresa a causa de acciones ejecutadas por otras personas o entidades

Fabianismo

Podríamos definirlo más que como una teoría como una técnica, inspirada en los postulados marxistas pero a diferencia de estos los seguidores del Fabianismo creen que implantar el socialismo tiene que ser de una manera discreta no ocupando la metodología de la lucha de clases o sea, negando estos enfrentamientos violentos.

Fórmula de Mancini para construir un pueblo IMAGINACIÓN + SENSIBILIDAD  + REALIDAD DEL VÍNCULO + VOLUNTAD
Fundamento de validez, según Kelsen Aquello que confiere u otorga validez a las normas, aquello en virtud de lo cual podemos decir que una norma jurídica existe y que, por tanto, es obligatoria.

institucionalismo económico Teoría que dice que lo que explica el cambio histórico son las instituciones jurídicas mediante las reglas de conducta. Y son ellas las que explican los cambios en la historia.

Interpretación administrativa de la ley Es la que realizan determinados órganos y servicios públicos que cumplen funciones fiscalizadoras de diversa naturaleza, tales como la Contraloría o el Servicios de impuestos internos.

Interpretación de una norma jurídica, según Canotilho Interpretar una norma constitucional es atribuir un significado a uno a varios símbolos lingüísticos escritos en una Constitución con el fin de obtener una decisión de problemas prácticos fundada en la propia Constitución.

Interpretación en sentido amplio Para Wroblewski es una actividad centrada sólo en el leguaje, escrito o hablado, y, en especial, en el lenguaje de textos jurídicos. Cualquier texto jurídico o no, requiere de interpretación en el conjunto de palabras y frases que lo sustentan.
Interpretación en sentido amplísimo Según Wroblewski es una actividad destinada a comprender cualquier objeto producido por el hombre.
Interpretación en sentido estricto

Para Wroblewski es una actividad que se realiza sólo en el caso de que un determinada texto jurídico ofrezca dudas en cuanto a su significado.

Interpretación estricta de la ley



Según Rolando Tamayo la interpretación estricta es aquella que una vez efectuada por el intérprete, conduce a la conclusión de que el texto legal interpretado debe ser aplicado sólo a los casos que él expresamente menciona, sin extender tanto la aplicación del texto a más casos de los que éste contempla, y sin restringirlo a menos casos de los que el propio texto interpretado señala.

Interpretación extensiva de la ley


Según Rolando Tamayo es aquella en la que como resultado de la misma se concluye que la ley interpretada debe aplicarse a más casos o situaciones de los que ella expresamente menciona.

Interpretación judicial de la ley



Es aquella que llevan a cabo los jueces en el ejercicio de la función jurisdiccional que les encomendada en virtud de la cual deben conocer y resolver los casos jurídicamente relevantes que se les somete en aplicación de las leyes que regulan tales casos.

Interpretación legal de la ley



Conocida también como auténtica es la que de la ley lleva a cabo el propio órgano productor de las leyes, esto es, el órgano o poder legislativo, ya sea que lo haga en el propio texto de la ley interpretada o valiéndose de una ley posterior que toma por ella el nombre de ley interpretativa.

Interpretación operativa

Es una interpretación que se efectúa para aplicar normas jurídicas preexistentes y para producir una nueva norma jurídica de carácter individual que da solución al caso o asunto sometido a consideración del tribunal correspondiente.

Interpretación privada de la ley

Se trata de la que realizan los propios sujetos de derecho, los juristas y las que llevan a cabo los abogados en su condición de expertos en derecho.

Interpretación pública de la ley

Se trata de aquella interpretación que realizan algunas autoridades en relación a una ley determinada. Dependiendo de la autoridad encargada de llevarla a cabo se clasifica en interpretación legal, judicial y administrativa.

Interpretación restrictiva de la ley


Según Rolando Tamayo es aquella que como resultado de la misma se concluye que la ley interpretada debe aplicarse a menos casos o situaciones de las que ella menciona expresamente.

Interpretación, según Zagrebelsky


Es el proceso intelectivo a través del cual, partiendo de las formas lingüísticas contenidas en el enunciado, se llega a su contenido normativo: de los significantes (los enunciados) a los significados (las normas).

Inversión

Formación o incremento neto de capital. La inversión (variable flujo) de un determinado período de tiempo viene dada por la diferencia entre el capital (variable fondo) existente al final y al comienzo de dicho período; diferencia que puede ser positiva o negativa, según que haya habido inversión o desinversión, respectivamente

Juicio político



Es un proceso de orden constitucional, cuya finalidad es hacer efectivo el principio de responsabilidad de los funcionarios públicos, particularmente de los más altos cargos o autoridades. La cámara de diputados lleva a cabo una acusación constitucional y es el Senado el encargado de realizar el juicio propiamente tal.  La condena o declaración de culpabilidad del acusado puede ocasionar su destitución e incluso su inhabilitación para funciones similares, autorizar que sea juzgado por los tribunales ordinarios de justicia, o tener efectos meramente políticos.

Keynesianismo


Es una teoría económica propuesta por John Maynard Keynes creada como respuesta a la gran crisis de 1929, se centró en el análisis de las causas y consecuencias de las variaciones de la demanda agregada y sus relaciones con el nivel de empleo y de ingresos. Se le considera como parte de una teoría mixta donde el rol de la inversión del Estado debe ser grande, (gasto público) pero sin excluir a los privados.

Laguna intra legen


Tienen lugar cuando normas legales demasiado generales dejan vacíos que deben ser llenados por el intérprete. El intérprete debe formular nuevas reglas dentro de las reglas expresas.

Laguna involuntaria

Según Bobbio estas lagunas son las que se producen a raíz de cualquier inadvertencia del legislador sobre la materia o asunto regulado por él.

Laguna legal


Es una insuficiencia del derecho que se percibe como ausencia de regulación jurídica para un caso en el que cabía razonablemente esperarla y cuy eliminación exige y permite una decisión judicial que complemente el derecho para lo cual el juez correspondiente puede valerse de los llamados procedimientos de integración de la ley. A saber la analogía jurídica, los principios generales del derecho y la equidad.

Laguna legal objetiva Según Bobbio, son las que dependen del desarrollo de las relaciones sociales, de nuevas invenciones. De cualquier causa que provoque la obsolescencia de los textos legales y que por lo mismo son independientes de la voluntad del legislador.

Laguna legal subjetiva

Según Bobbio, son las lagunas que dependen de cualquier motivo imputable al legislador. Éstas pueden ser, voluntarias e involuntarias.

Laguna praeter legen

Se presentan cuando las disposiciones de la ley por ser demasiado articulares no alcanzan a comprender todos los casos que pueden luego presentarse. El intérprete debe formular nuevas reglas al lado de las expresas.

Laguna voluntaria

Según Bobbio, son las que el mismo legislador deja a propósito en materias de suyo complejas que no admiten regulaciones demasiado minuciosas ni exhaustivas y que es preferible confiarlas a la interpretación y aplicación caso por caso que corresponde efectuar a los jueces. Son generalmente intra legen.

Largo plazo

Una situación es de largo plazo, cuando permanece estable en tanto no se introduce una nueva variable.

Leviatán, según Hobbes

Es aquel Dios mortal, al cual debemos, bajo el dios inmortal, nuestra paz y nuestra defensa

Ley de quórum calificado

Para su aprobación requiere mayoría de diputados y senadores en ejercicio. Existe un caso especial que tiene un quórum de dos tercios, en el caso de indulto general por conductas terroristas

Ley ordinaria Responde al concepto legal del Código Civil. El quórum de aprobación de esta ley es mayoría simple de diputados y senadores en ejercicio. Con un tercio delos integrantes de una sala se puede sesionar un ley ordinaria, ya que reclama mayoría absoluta de los PRESENTES.

Ley orgánica constitucional

Requiere para su aprobación un quórum de cuatro séptimos de diputados y senadores en ejercicio, existiendo un caso en el cual requiere de tres quintos de diputados y senadores en ejercicio, cuando se quiere cambiar la ley de votaciones y escrutinios, a efecto de cambiar el número de suscripciones, de diputados, de senadores o el sistema electoral.

Liberalismo

Es la doctrina económica desarrollada durante la ilustración formulada de forma completa en primer lugar por Adam Smith y David Ricardo, que reclama la mínima interferencia del Estado en la economía. Se resume en una frase del pensamiento fisiócrata  Laissez faire, Laissez passer (dejar hacer, dejar pasar).

Libertad, según Montesquieu

Aquel poder de hacer todo lo que queramos y que no se encuentre prohibido. Para garantizar la libertad es necesario dividir el poder.

Mar territorial


Ubicado en las primeras 12 millas desde la línea de base costera (debido a que el territorio tiene accidentes geográficos, se traza una línea recta imaginaria). El estado tiene soberanía completa sobre él. Para ingresar a estas aguas se necesita autorización y los extranjeros no pueden explotar los recursos naturales.

Medios de producción  o capital físico

Es un recurso económico que posibilita a los productores la realización de algún trabajo, generalmente para la producción de un artículo. El término abarca recursos naturales, redes de transporte y energía, fábricas, máquinas y herramientas.

Mutación de la Constitución, según Jellinek

Es la modificación que deja indemne su texto, sin cambiarlo formalmente, que se produce por hechos que no tienen que ir acompañados por la intención, o consciencia, de tal mutación.

Nación

Es un plebiscito cotidiano de querer vivir juntos. Es una invención cultural que está compuesta por ciertas características, todas culturales, que permiten que un grupo de personas  esté viviendo junta hasta que dejen de querer.

Neo Liberalismo


Es  una corriente económica y política inspirada y responsable del resurgimiento de las ideas asociadas al liberalismo clásico, los postulados de esta apuntan a una amplia liberalización de la economía, el libre comercio en general y una drástica reducción del gasto público, así recalcar la labor de los privados quienes deben desempeñar las competencias tradicionalmente asumidas por el Estado.

Norma básica Norma que sirve de fundamento de validez a la primera constitución histórica, y, asimismo, a cada nueva primera constitución histórica que pueda haberse introducido en una comunidad jurídica sin observar las normas de una Constitución anterior. Fundamenta la validez de todas las demás normas que han seguido a la primera constitución en la conformación de su respectivo ordenamiento jurídico. Es una norma supuesta, por ende no es una norma positiva.

Norma fundada Aquella que es regulada en su creación por una norma superior o fundante.

Norma fundante o superior


Aquella que regula la creación de una norma fundada o inferior, sobre la cual establece un triple registro de datos a saber: el órgano, autoridad o sujeto facultado para producir la norma inferior, el método o procedimiento que dicho órgano, autoridad o sujeto deberá seguir para la producción de una norma inferior y los límites que el mismo órgano, autoridad o sujeto deberá respetar al dar a la norma inferior un determinado contenido

Oferta

Conjunto de bienes o mercancías que se presentan en el mercado con un precio concreto y en un momento determinado.

Oligopolio Concentración de la oferta de un sector industrial o comercial en un reducido número de empresas.

Ordenamiento jurídico


Conjunto unitario de normas que rigen en un cierto momento dentro de un ámbito espacial determinado. Realidad normativa, preferentemente normativa, si es que entendemos que se halla compuesto tanto por normas como por otros estándares, desde luego los principios.

Plusvalía

Término acuñado por Marx  (teoría marxista) que significa a grandes rasgos que según ella, el capitalista o burgués se apropia de una parte de la riqueza producida por el trabajador quien recibe un salario menor al precio de la mercancía que se produce, y así aumenta el injustamente poder de la burguesía.

Poder constituyente

Es la voluntad originaria, extraordinaria y soberana  de una comunidad que dicta las normas fundamentales para la organización y funcionamiento de su convivencia política

Poder de Mercado


Grado de diferenciación que consigue un producto o línea de productos en un mercado y que hace que sea preferido por los consumidores de entre los de la competencia. Esto permite que se fijen márgenes de beneficio mayores para la empresa que los de una situación de competencia perfecta. La situación de dominio por excelencia es el monopolio.

Poder económico


Dominio e influencia que tiene una persona o un grupo de personas por el hecho de poseer un elevado volumen de recursos. En consecuencia, el poder económico de un país, es decir, su influencia en la economía y política internacional, viene medido, entre otros aspectos, en función de sus recursos naturales y humanos, de su volumen de comercio, de su grado de industrialización y de su nivel de renta.

Poder Monopólico


Dícese de la empresa que tiene poder para influir sobre el precio del producto que vende (o que compra, en el caso de monopolio de demanda), aumentándolo o disminuyéndolo a su capricho, bien sea directa o indirectamente, disminuyendo o aumentando, respectivamente, la cantidad de producto que ofrece.

Ponderación


Es una manera o estrategia más comúnmente aceptada para resolver conflictos de principios, sobre todo si tienen igual jerarquía desde el punto de vista de la fuente que los consagra. Ésta se hace en cuanto a su peso o importancia en relación con el caso concreto de que se trate. Ponderar consiste en considerar los principios en conflicto como igualmente válidos, aunque no similarmente pertinentes para prevalecer del caso que se trate. De manera que el resultado de la ponderación no será la simultanea aplicación ni menos el sacrificio de ambos principios, sino la aplicación e uno solo de ellos; aunque sin que se declare la invalidez del otro.

Potestad reglamentaria autónoma


Facultad que tiene el Presidente de la República para dictar reglamentos en materia que no están incluidas en el art. 63 de la Constitución Política de la República. Esta potestad se debe relacionar directamente con el dominio legal máximo. Por otro lado se encuentra relativizada en el art. 63 Nº20

Potestad reglamentaria de ejecución


Consiste en aquellos reglamentos en virtud de los cuales se da la implementación dela ley. Ésta actúa previo reclamo de la ley, la ley en sí reclama la intervención de esta potestad. Es una fuerza coayudante, ya que colabora en la implementación de la ley.

Potestas


Poder que se impone independiente de nuestra voluntad, es imposible de resistir, con o sin nuestra voluntad el poder se impondrá.

Principio de inamovilidad

Los jueces no pueden ser removidos de su cargo mientas tengan un buen comportamiento, a no ser que incurran en errores graves. Los jueces no depende por tanto de las autoridades políticas. Este principio la da estabilidad al sistema.

Principio de independencia

Propio de los tres poderes del Estado. Se descentraliza el poder para que no se convierta en despótico
Principio de la buena fe en la interpretación de los tratados Es el principio que alude a la actitud que debe adoptarse con ocasión de llevar a cabo la interpretación de un tratado.
Principio de responsabilidad Los jueces son responsables cuando no han mantenido un buen comportamiento en el ejercicio de sus funciones (incumplimiento de deberes éticos o jurídicos). La Corte Suprema realiza controles éticos a la conducta de los jueces.

Principios supremos:

Son aquellos principios que no pueden ser derogados ni modificados, hallándose por tanto sustraídos a revisión o reforma constitucional.

Procura existencial

Condiciones mínimas de desarrollo de cada habitante.

Proletariado, según Marx y Engels Clase de los obreros moderna, que no viven sino a condición de encontrar trabajo, y lo encuentran únicamente mientras su trabajo acreciente el capital. Estos obreros, obligados a venderse al detalle, son una mercancía como cualquier otro artículo de comercio, sujeto, por tanto, a todas las vicisitudes de la competencia, a todas las fluctuaciones del mercado.

Relación de precedencia condicionada Es una solución de colisión de dos principios o dos disposiciones de derechos fundamentales que se presentan como principios, donde se establece que uno de ellos prima sobre el otro, condicionando que tal precedencia no es fijada en abstracto sino en relación al caso y para el caso concreto de que se trate.

Sentencia definitiva Pone fin a una instancia, resolviendo la cuestión o asunto que ha sido sometido a conocimiento de un tribunal. Los juicios pueden terminaren sentencias definitivas, pero no en todos ocurre esto, ya que puede haber advenimiento  conciliación.

Sentencia firme o ejecutoriada Aquella sentencia respecto de la cual no caben recursos, no procede un recurso, y si es que procede, éste ya fue resuelto o transcurrido el plazo. Esta sentencia puede ser ejecutada y pone término final a un juicio

Sentencias interlocutorias

Las hay de dos tipos:  las que resuelven un trámite esencial dentro de un proceso. Y,  las que resuelven un incidente que establece un derecho permanente en favor de las partes

Sentido objetivo de un acto de creación  Kelsen llama sentido subjetivo de creación de derecho a aquel que a su propio acto atribuye el que lo ejecuta.
Sentido subjetivo de un acto de creación Es aquel que puede atribuirse al acto de que se trate por relación a las normas jurídicas superiores que lo autorizan y regulan.

Sistema jurídico


Conjunto ordenado de conocimientos que acerca del derecho nos provee la ciencia jurídica a través de las denominadas reglas del derecho o proposiciones acerca de las normas jurídicas. Se trata por lo mismo de una realidad cognoscitiva. Según Rivacoba el ordenamiento jurídico es el principio informante de la realidad informada que llamamos orden jurídico, de modo que el ordenamiento funciona, cobra vida y logra su finalidad en el orden.

Sistema normativo dinámico


Aquel sistema en el cual sus normas valen no por su contenido, sino por su origen (pedigree), con lo cual quiere decirse que valen en la medida en que han sido producidas por quien, bajo el procedimiento que y dentro de los límites de contenido que hubiere establecido al respecto una norma superior del mismo sistema.

Sistema normativo estático

Aquel sistema en el cual las normas que lo compone valen por su contenido, un contenido que es posible de aprobar en la medida en que pueda ser derivado de una norma más general cuya evidencia no se discute.

Sistema objetivo de la interpretación de los contratos

Deja de lado la intención que tuviera o habrían tenido las partes al momento de contratar para fijar los efectos del contrato se pregunta acerca de qué es lo socialmente más útil o qué es la justicia indica como lo más adecuado.

Sistema subjetivo de la interpretación de los contratos

Se caracteriza por entender que lo que busca establecer el intérprete de un contrato es la voluntad psicológica. Si esa voluntad es la que está en el origen del contrato se comprenderá que para este punto de vista el intérprete deba precisar el sentido de las convenciones de acuerdo a las intenciones de quienes las concluyeron. Es el sistema vigente en Chile

Teoría Macroeconómica


Se encarga del estudio general de la economía, mediante el análisis de las variables agregadas como el monto total de bienes y servicios producidos, el total de los ingresos, el nivel de empleo, de recursos productivos, la balanza de pagos, el tipo de cambio y el comportamiento general de los precios. La macroeconomía puede ser utilizada para analizar cuál es la mejor manera de influir en objetivos políticos como por ejemplo hacer crecer la economía, conseguir la estabilidad de precios, fomentar el empleo y la obtención de una balanza de pagos sostenible y equilibrada.

Toda creación de derecho importa aplicación de derecho No hay diferencias absolutas entre las funciones de producir y aplicar el Derecho, ya que cada vez que se produce una norma inferior o fundada hace aplicación de la correspondiente norma superior o fundante que regula su creación.

Validez según Kelsen


La validez de una norma positiva no es otra cosa que el modo particular de su existencia, por validez entendemos entonces la existencia específica de las normas. Decir que una norma es válida es lo mismo a reconocer que tiene fuerza obligatoria frente a aquellos cuyas conductas regula.   Obligatoria en un doble sentido, tanto para los sujetos normativos, quienes deben obedecerlas, como  para los órganos jurisdiccionales que deben aplicarla en sus consecuencias coactivas, toda vez que la norma no haya sido obedecida en un caso dado.

Valores superiores


Los valores  pertenecen al ámbito axiológico. Los valores superiores son estándares del derecho que se encuentran expresamente fijados en la constitución o fijados sin darles esa determinación.  En chile los valores superiores son entendidos como principios del derecho.

Zona contigua


Ubicada en las primeras 24 millas desde la línea de base costera. En esta zona hay facultades de prevención y sanción de infracciones, es decir, de fiscalización en materia sanitaria, aduanera, tributaria, de inmigración, etcétera. El estado no tiene soberanía completa.

Zona económica exclusiva Ubicado a 200 millas desde la línea de base. En ella el Estado ejerce derechos de soberanía para explorar, explotar, conservar y administrar recursos naturales vivos y no vivos, y para desarrollar cualquier otra actividad económica.